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La Justicia federal de La Plata amplió hoy las responsabilidades penales en el caso del fentanilo contaminado que, según la causa, estaría vinculado a la muerte de cerca de 90 personas. La decisión apunta a dos exfuncionarias de la autoridad sanitaria y reaviva el debate sobre los controles en la producción de medicamentos.
Qué resolvió el juez
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El magistrado federal Ernesto Kreplak procesó a Nélida Agustina Bisio y a Gabriela Mantecón Fumadó, quienes dirigían áreas de control en la Anmat y el Iname, respectivamente. El fallo vincula presuntas irregularidades administrativas con resultados sanitarios graves.

Además del procesamiento, el juez impuso un embargo por la suma de $500.000 millones sobre cada una y dispuso la inhibición general de bienes. La prohibición de salida del país se mantuvo, aunque Kreplak aceptó los pedidos de excarcelación de las defensas, por lo que el procesamiento se dictó sin prisión preventiva.
Las faltas que describe el fallo
En su resolución, de casi 300 páginas, el juez concluye que hubo un desvío de los procedimientos técnicos y administrativos que deben regir los controles sanitarios. Según la instrucción, ese apartamiento favoreció la continuidad en la comercialización de lotes con irregularidades.
Dos episodios concentran la acusación: por un lado, la celebración de un encuentro entre representantes de los laboratorios investigados y funcionarios de la Anmat el 14 de enero del año pasado, cuya existencia no habría quedado registrada oficialmente y que, en principio, no fue mencionada por las imputadas. Por otro, la omisión en emitir una carta de advertencia con la prohibición expresa de comercialización dirigida a una de las empresas fiscalizadas.
- Víctimas y daños: la causa atribuye la muerte de alrededor de 90 personas, lesiones gravísimas en al menos dos casos, lesiones graves en 41 y lesiones leves en una persona.
- Medidas judiciales: embargo millonario sobre cada imputada e inhibición general de bienes; prohibición de salida del país vigente.
- Procedimientos cuestionados: reuniones no registradas con empresas, demora en la tramitación de advertencias y supresión de actos administrativos que habrían prohibido la comercialización.
El rol atribuido a la exdirectora del Iname
Sobre Gabriela Mantecón Fumadó, el expediente señala que, tras una inspección realizada a fines de 2024 en la planta de Ramallo, recibió indicaciones para actuar con “cautela”, según declaró ella misma, a raíz de una directiva que habría venido del ministro de Salud, Mario Lugones, transmitida por Bisio.

La inspección se produjo antes del inicio de la producción del fentanilo, en diciembre de 2024; sin embargo, las líneas afectadas habrían quedado fuera del control detallado. Kreplak reprocha que la exdirectora no aplicó los criterios de rigor exigibles: no solo demoró más de cuatro meses la tramitación de la carta de advertencia, sino que incorporó procedimientos no reglados y realizó encuentros —formales e informales— con los titulares de las empresas investigadas.
El juez incluso sostiene que hubo un acuerdo destinado a eludir la emisión de la carta de advertencia, y que la demora en el trámite no tuvo justificación administrativa suficiente.
Por qué esto importa ahora
El procesamiento complica la rendición de cuentas en uno de los episodios sanitarios más graves de los últimos años en el país y plantea preguntas claras sobre la eficacia de los controles estatales en la industria farmacéutica. La causa sigue su curso para determinar responsabilidades penales y administrativas.
En las próximas semanas será clave:
- la posible apelación de las procesadas;
- si la fiscalía amplía imputaciones a otros funcionarios o directivos;
- y las medidas que adopte la Anmat para reconstruir confianza pública en los mecanismos de control.
La investigación continúa y las autoridades deberán explicar cómo se prevendrán fallas semejantes en el futuro, mientras familias de las víctimas y sectores de la salud siguen exigiendo claridad y sanciones proporcionales a la gravedad del hecho.











