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Esta semana la Secretaría de Trabajo validó por primera vez en la práctica una cláusula que permite pactar salarios por encima de las escalas mínimas del convenio para las trabajadoras de casas particulares. El cambio, ligado a la reciente reforma laboral, modifica cómo se pueden acordar complementos salariales y trae efectos directos sobre los ingresos y la negociación individual entre empleadores y empleadas.
El acuerdo, firmado a fines de abril y oficializado ahora, incorpora lo que se conoce como salario dinámico: componentes retributivos adicionales —fijos o variables— que pueden otorgarse por mérito personal o por condiciones de la organización, por encima de los mínimos establecidos por el convenio.
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En la práctica, la homologación autoriza que cada empleada y su empleador negocien un pago superior al piso legal. Es decir, las tablas salariales quedan vigentes como referencia mínima, pero no impiden la firma de acuerdos individuales que mejoren la retribución.
Esto cambia la relación contractual en dos sentidos: por un lado, abre la puerta a mejoras puntuales vinculadas al desempeño o a la necesidad del empleador; por otro, plantea desafíos sobre la uniformidad y la protección colectiva frente a desigualdades entre trabajadoras.
El dispositivo fue incluido en la cláusula 8 del último acuerdo salarial y toma base en lo incorporado por la reforma laboral en el Artículo 33, que agregó el artículo 104 bis a la Ley de Contrato de Trabajo.
Alcances legales y limitaciones
La nueva disposición contempla que estos componentes adicionales pueden pactarse mediante negociación colectiva (actividad, rama, región, empresa) o por acuerdo individual, e incluso por decisión unilateral del empleador cuando corresponda.
Además, la norma aclara que la existencia de estos complementos no se rige por figuras como la ultraactividad o la costumbre; su incorporación, modificación o retiro queda supeditada a lo que acuerden las partes o decida el empleador según la frecuencia que establezcan.
- Entrada en vigor: el acuerdo fue firmado el 30 de abril y empezó a regir tras su oficialización reciente.
- Negociación individual: permite pactos por encima del salario mínimo del convenio.
- Componentes variables: aplicables por mérito, resultados u organización; pueden ser transitorios o permanentes.
- Sin ultraactividad: no se aplica continuidad tácita para estos ítems.
Novedades en la escala salarial inmediata
Junto con la incorporación del salario dinámico, la resolución actualizó las remuneraciones mínimas para el personal doméstico en un esquema escalonado de abril a julio. Los porcentajes son modestos, pero buscan integrar aumentos acumulativos y parte de un pago previamente no remunerativo.
- Abril: aumento del 1,8% sobre los salarios de marzo.
- Mayo: incremento del 1,6%.
- Junio: subida del 1,5%.
- Julio: ajuste final del 1,4%.
La resolución también ordenó que la suma no remunerativa acordada en marzo se vaya incorporando al básico: el 50% se integró en abril y el 50% restante se agregará en julio. Por otra parte, el plus por zona desfavorable aumentó y desde el 1 de abril representa el 31% del salario mínimo de cada categoría.
Posibles efectos en otros sectores
Los analistas laborales destacan que esta homologación marca un precedente dentro del marco de la reforma y puede incentivar que otras actividades negocien complementos vinculados a situaciones específicas, como bonificaciones por resultados extraordinarios o por ingresos derivados del contexto internacional.
En ese sentido, ya circulan versiones de que la industria petrolera podría explorar acuerdos que contemplen pluses atados a ganancias externas; si eso sucede, la práctica homologada en el sector doméstico serviría como referencia administrativa.
Para las trabajadoras y los empleadores, la recomendación es clara: documentar por escrito cualquier acuerdo adicional y asesorarse sobre sus efectos en aportes, antigüedad y beneficios. La flexibilidad que introduce el salario dinámico abre oportunidades, pero también exige transparencia y garantías para evitar desigualdades y conflictos futuros.












