Registro de operadores lácteos suprimido por el gobierno: se acaban casi 20 años de control

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La Secretaría de Agricultura derogó este viernes el Registro de Operadores Lácteos mediante la Resolución 81/2026, publicada en el Boletín Oficial. La medida elimina una obligación vigente desde 2006 y abre una nueva etapa en la regulación del sector lácteo.

Qué cambia de inmediato

Firmada por el titular del área, Sergio Iraeta, la resolución deja sin efecto las normas que crearon el registro en 2006 y que obligaban a inscribirse a quienes intervienen en la industrialización y comercialización de la leche y sus derivados.

Elemento Antes Ahora
Reglamento vigente Resoluciones 109/2006 y 1621/2006 (Oncca) Derogadas por Resolución 81/2026
Obligación de inscripción Registro obligatorio para operadores lácteos Se elimina la exigencia administrativa
Control y sanción Delegado a distintos organismos tras la disolución de la Oncca Secretaría afirma que falta sustento legal para ejercer potestades sancionatorias

Por qué la Secretaría decidió quitar el registro

En los fundamentos de la resolución, el organismo sostiene que el instrumento perdió eficacia a lo largo del tiempo. Tras la disolución de la ex Oncca en 2011, las funciones de matriculación y fiscalización se repartieron entre distintos entes y, según la Secretaría, el marco normativo actual no permite ejercer con claridad las facultades de control y sanción sobre la cadena láctea.

El texto oficial destaca que, sin una “atribución legal expresa e inequívoca”, no es posible aplicar el poder de policía estatal ni recurrir a interpretaciones extensivas o analógicas para suplir esa falta. Esa limitación habría convertido al registro en una herramienta de alcance limitado, con datos difíciles de actualizar y sin mecanismos efectivos de verificación.

Consecuencias prácticas y puntos a observar

  • Para muchos operadores, la derogación elimina una obligación administrativa que exigía inscripción formal en el registro.
  • La Secretaría argumenta que mantener el sistema era costoso y poco útil por la falta de potestades sancionatorias.
  • Queda pendiente cómo se articularán los controles sanitarios y de comercialización: la decisión no crea nuevas facultades, sino que deja sin efecto un instrumento existente.
  • El sector debe permanecer atento a futuras normas o proyectos que reemplacen las funciones prácticas de fiscalización y garantíen trazabilidad y cumplimiento.

La medida se enmarca en la línea de desregulación impulsada por el gobierno desde finales de 2023, que incluye entre sus ejes el DNU 70/2023 y otras iniciativas orientadas a reducir cargas regulatorias. En el mismo paquete de reformas, el Ejecutivo anticipó cambios en áreas como patentes para biotecnología agrícola.

Contexto y próximos pasos

El registro nacido en 2006 tenía como objetivo ordenar y fiscalizar la comercialización y la industrialización de productos lácteos. Sin embargo, la Secretaría concluye que, en la práctica, el mecanismo dejó de cumplir esa función y pasó a ser mayormente declarativo.

Ahora corresponde observar si el Congreso, la Secretaría o agencias sectoriales presentan propuestas para recuperar capacidades de control con respaldo legal claro, o si se avanza hacia modelos alternativos de supervisión. Los industriales, cooperativas y productores rurales seguirán de cerca las definiciones porque condicionan requisitos administrativos, costos y garantías de mercado.

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