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La Justicia dio un paso decisivo en la causa contra el cirujano Aníbal Lotocki: el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N° 28 ordenó su prisión preventiva este martes 8 de septiembre para asegurar el cumplimiento de una condena confirmada en instancias superiores. La medida busca evitar que el médico eluda la ejecución de una pena que hoy está apuntalada por un recurso pendiente ante la Corte Suprema.
Motivos que llevaron al encierro cautelar
El juez a cargo del expediente, Jorge Romeo, respaldó el pedido del fiscal general Sandro Abraldes y consideró que el avance del proceso incrementa el riesgo de que Lotocki intente frustrar la acción penal. En su resolución, el magistrado resaltó la existencia de múltiples causas en contra del imputado y la reiteración de conductas que, a su juicio, justifican la adopción de una medida preventiva.
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El fiscal, por su parte, planteó que la ratificación del fallo por parte de la Cámara de Casación debilitó la presunción de inocencia y transformó la expectativa de pena en una probabilidad real y cuantificable, lo que, según la Fiscalía, acrecienta el incentivo de fuga.
| Aspecto | Detalle |
|---|---|
| Fecha de la resolución | 8 de septiembre |
| Tribunal | TOC N° 28 de la Ciudad de Buenos Aires |
| Juez | Jorge Romeo |
| Fiscal | Sandro Abraldes |
| Condena | 8 años de prisión (por estafa y lesiones graves) |
| Inhabilitación profesional | 10 años |
| Víctimas mencionadas | Silvina Luna, Stefanía Xipolitakis, Pamela Sosa y Gabriela Trenchi |
| Motivos para la preventiva | Riesgo de fuga, multiplicidad de causas, incumplimiento de deberes de reporte y cambio de jurisdicción |
| Estado procesal | Recurso de queja ante la Corte Suprema en trámite |
| Situación carcelaria actual | Detenido por otra causa; la orden se aplicará por anotación conjunta |
Cómo se llegó hasta la sentencia
La causa principal se remonta a un juicio que en febrero de 2022 condenó a Lotocki a cuatro años por causar lesiones graves durante intervenciones estéticas. En ese fallo, el tribunal consideró probado que el médico utilizó un relleno que contenía microesferas de polimetilmetacrilato (PMMA) en cantidades y zonas no recomendadas, lo que derivó en la aparición de granulomas en varias pacientes.

Más tarde, la Cámara de Casación incorporó el delito de estafa y duplicó la pena, con lo que la sanción total quedó en ocho años de prisión. En su análisis para ordenar la prisión preventiva, el TOC 28 también tuvo en cuenta que el imputado había dejado de informar tres veces sobre sus ausencias del domicilio y que se mudó de jurisdicción sin autorización judicial.
Implicaciones y próximos pasos
La medida tiene efectos concretos: si la Corte Suprema rechaza el recurso, la prisión preventiva facilitará que Lotocki cumpla la pena efectivamente impuesta por los tribunales inferiores. Mientras tanto, la disposición de anotación conjunta unifica su detención con otra causa en la que ya se encuentra alojado.
- Para las víctimas, la resolución representa un avance en la ejecución de una condena que reconoce daños por tratamientos estéticos.
- En el plano profesional, la inhabilitación por diez años limita su capacidad de ejercer la medicina aún si llegara a recuperar la libertad.
- Desde el punto de vista jurídico, el caso recuerda que la confirmación de fallos en instancias superiores suele endurecer las condiciones procesales del condenado.
El expediente seguirá su curso en la Corte Suprema, donde se decidirá si la condena y las medidas cautelares se mantienen. Mientras tanto, la Justicia busca garantizar que la pena impuesta pueda ser efectivamente cumplida y que el proceso no quede trunco por una eventual fuga o maniobra dilatoria.












